AUTORIZACIONES A.D.R

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El ADR en el transporte de mercancías peligrosas hace referencia al European Agreement concerning the International Carriage of Dangerous Goods by Road o, en su traducción al español, al Acuerdo Europeo sobre Transporte Internacional de Mercancías Peligrosas por Carretera.

Este acuerdo se revisa cada dos años por el grupo de trabajo WP.15 del Comité de Transportes Interiores de la Comisión Económica para Europa (CEPE / UNECE). Se puede acceder a la última versión del mismo a través de la web del Ministerio de Fomento.

El ADR surge pues para regular el transporte de mercancías peligrosas, regulado por una estricta normativa que regula su traslado, almacenaje y manipulación.

Así, el ADR tiene como objetivo facilitar el transporte de mercancías peligrosas garantizando las condiciones de máxima seguridad para este tipo de sustancias.

Así, este acuerdo:

  • Enumera todas las mercancías peligrosas que se pueden transportar por carretera.
  • Indica el tipo de envases y embalajes que deben ser utilizados para este tipo de sustancias.
  • Detalla tanto el etiquetado como la señalización que han de llevar las cargas de mercancías peligrosas y los vehículos que las transportan.
  • Establece la documentación imprescindible con la que se debe contar para poder realizar el transporte.
  • Proporciona instrucciones sobre cómo realizar la carga, la estiba y la descarga de mercancías peligrosas.
  • Especifica la formación exigida a las personas implicadas en el transporte.

 

TRANSPORTE DE MERCANCÍAS PELIGROSAS: ÁMBITO DE APLICACIÓN DEL ADR Y SANCIONES

El ADR debe aplicarse a todo transporte internacional de mercancías peligrosas por carretera en todos los países que ratificaron el acuerdo (la mayoría, europeos). Se puede consultar qué países lo ratificaron en la web de la Comisión Económica de las Naciones Unidas para Europa.

Ante el incumplimiento el ADR no establece sanción a aplicar, pero ante el incumplimiento de su normativa, la autoridades nacionales del país donde se produzca la infracción podrán actuar contra el transportista aplicando su propia legislación nacional.

En nuestro país, el transporte nacional de mercancías peligrosas también se realiza en base al ADR siguiendo la Directiva 94/55/CE del Parlamento Europeo y del Consejo.

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